Dar de alta la luz en un piso: pasos, papeles y coste
Cómo dar de alta la luz en un piso nuevo o sin suministro: documentos, boletín, costes regulados y plazos, y cuándo basta un cambio de titular gratis.
Acabas de comprar o alquilar un piso y le das al interruptor: nada. Antes de llamar a la primera compañía que encuentres, conviene saber en qué situación está el suministro, porque dar de alta la luz puede costar desde cero hasta más de 200 €. En esta guía te explicamos cómo distinguir un cambio de titular, un reenganche y un alta nueva, qué documentos necesitas, cuánto cuesta cada caso según los importes regulados y cuánto tarda la distribuidora.
El alta de la luz en cifras
- Cambio de titular
- Gratis
- Reenganche con 4,6 kW (con IVA)
- 120,61 €
- Vivienda nueva con 4,6 kW (con IVA)
- 217,32 €
- Días hábiles máximos para el enganche
- 5
Alta, reenganche o cambio de titular: en qué caso estás
Aunque todo el mundo lo llama «dar de alta la luz», en realidad hay tres trámites distintos:
| Situación | Cómo reconocerla | Trámite | Coste orientativo |
|---|---|---|---|
| La luz funciona | El contrato sigue activo a nombre del anterior ocupante | Cambio de titular | Gratis |
| Hay contador, pero no luz | El anterior titular dio de baja el contrato o se cortó por impago | Alta de un suministro existente (reenganche) | Unos 120 - 230 € con IVA |
| Vivienda nueva | Nunca ha tenido suministro ni CUPS | Alta de un nuevo punto de suministro | Desde unos 217 € para 4,6 kW, más obras si hacen falta |
Antes de nada, pregunta
Si el anterior propietario o inquilino aún no ha dado de baja la luz, pídele que no lo haga: un cambio de titular es gratuito y te ahorras el alta. Te explicamos cómo en cambio de titular de la luz.
Documentos para dar de alta la luz
Lo que necesitas siempre
- DNI o NIE de la persona que será titular del contrato (debe ser quien vive en la vivienda y usa la energía).
- Dirección completa del suministro y, si existe, el CUPS. Si no lo tienes, mira cómo conseguirlo en qué es el CUPS y dónde encontrarlo.
- IBAN de la cuenta donde domiciliar los recibos.
- Potencia a contratar en punta y valle.
Según el caso
- Boletín eléctrico o Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), cuando sea necesario (ver más abajo).
- Título de ocupación (escritura, nota simple o contrato de alquiler), que algunas compañías piden para acreditar tu relación con la vivienda.
- En viviendas nuevas, según la comunidad autónoma, la licencia de primera ocupación o la cédula de habitabilidad.
¿Cuándo te piden el boletín eléctrico?
Siempre
En un suministro nuevo
Lo emite la empresa instaladora que hizo la instalación.
A veces
En un reenganche
Si vas a contratar más potencia que la máxima admisible de la instalación, si ha habido reformas o si así lo exigen la distribuidora o tu comunidad autónoma, por ejemplo cuando la instalación es muy antigua o lleva mucho tiempo sin suministro.
Te contamos qué es, cuánto cuesta y quién lo hace en boletín eléctrico (CIE).
Cómo dar de alta la luz paso a paso
-
Identifica tu situación
Usa la tabla de arriba y localiza el CUPS y la distribuidora de la zona (aparecen en cualquier factura antigua; si no, consulta cuál es mi distribuidora eléctrica).
-
Comprueba la instalación
Que el cuadro esté en buen estado y, si hace falta, pide el boletín a un instalador autorizado.
-
Decide la potencia
No copies la del anterior ocupante sin pensar: calcula la tuya con nuestra guía qué potencia contratar.
Recuerda: subirla después cuesta dinero y la distribuidora puede limitar los cambios a uno al año.
-
Elige comercializadora y tarifa
El alta es el mejor momento para elegir bien, porque no tienes permanencia que romper. Puedes optar por el mercado libre o por el PVPC con una comercializadora de referencia (más en mercado libre o regulado).
-
Firma el contrato
La comercializadora tramita en tu nombre el contrato de acceso con la distribuidora; no tienes que hablar con ambas. Si más adelante encuentras una oferta mejor, podrás cambiar de compañía eléctrica sin quedarte sin luz.
-
La distribuidora conecta el suministro
Y, si hace falta, instala o activa el contador.
-
Revisa la primera factura
Incluirá los derechos regulados del alta como un cargo único.
Cuánto cuesta dar de alta la luz en 2026
Los costes del alta no los decide la comercializadora: son derechos regulados que cobra la distribuidora, con importes fijados en el anexo V de la Orden ITC/3519/2009 y recogidos por la CNMC. En baja tensión, sin IVA, son:
Derechos de acceso
19,70 € / kW
Por kW contratado. Se pagan en todo alta.
Derechos de extensión
17,37 € / kW
Se pagan en suministros nuevos o si los de la vivienda han caducado: en baja tensión siguen vigentes durante tres años desde la baja del anterior contrato.
Derechos de enganche
9,04 €
Por la conexión.
Derechos de verificación
8,01 €
Solo si la distribuidora tiene que comprobar la instalación (no se pagan si aportas boletín y no superas la potencia máxima admisible).
Ejemplo con 4,6 kW
| Ejemplo con 4,6 kW | Conceptos | Sin IVA | Con IVA (21 %) |
|---|---|---|---|
| Reenganche, baja de menos de 3 años | Acceso + enganche | 99,68 € | 120,61 € |
| Reenganche con derechos caducados | Acceso + extensión + enganche | 179,60 € | 217,32 € |
| Mismo caso con verificación | Lo anterior + verificación | 187,61 € | 227,01 € |
| Vivienda nueva | Acceso + extensión + enganche | 179,60 € | 217,32 € |
Si subes la potencia
Si vuelves a contratar más potencia de la que tenía la vivienda, los derechos de extensión solo se pagan por la diferencia respecto a la potencia que ya estaba adscrita.
Obra nueva en suelo urbanizado
La distribuidora asume la extensión de red para suministros de hasta 100 kW en baja tensión.
Si la red no llega
Por ejemplo, en suelo rústico, las obras corren a cargo del propietario y su coste puede ser muy superior.
Importes en revisión
En 2026 la CNMC ha abierto una consulta para actualizar la metodología de estos derechos. Antes de contratar, pide a la comercializadora el desglose del coste del alta: está obligada a informarte.
Plazos: cuánto tarda en llegar la luz
El Real Decreto 1955/2000 fija plazos máximos para la distribuidora, en días hábiles:
5 días
Enganche e instalación del contador, desde que firmas el contrato de suministro.
5 días
Presupuesto de un suministro nuevo de hasta 15 kW sin obras de extensión.
Obras de extensión de la red
- Sin ampliar la red de baja tensión
- 5 días
- Ampliando la red
- 30 días
- Con centro de transformación
- 60 días
Si la distribuidora incumple estos plazos
Debe compensarte en tu primera factura con la mayor de estas cantidades:
30,05 €
importe mínimo
10 %
de esa factura
En la práctica, con contador telegestionado y la documentación en regla, un reenganche suele estar listo en dos o tres días hábiles.
Casos especiales: alquiler, segunda residencia y obras
Piso de alquiler
Si el contrato de luz del piso sigue activo a nombre del propietario o del anterior inquilino, no hace falta ningún alta: el nuevo inquilino puede ponerlo a su nombre como usuario efectivo con justo título (su contrato de arrendamiento), y la norma prohíbe expresamente tratar ese cambio como una baja seguida de un alta. Solo si el suministro está dado de baja habrá que tramitar el reenganche y pagar los derechos.
Segunda residencia o casa de temporada
Dar de baja la luz en invierno y volver a darla de alta en verano suele salir caro: pagarías acceso y enganche cada vez. Casi siempre compensa más mantener el contrato con una potencia baja y una tarifa sin cuota alta de potencia. Te ayudamos a calcularlo en luz en una segunda residencia.
Suministro provisional de obra
Para construir o reformar a fondo una vivienda sin luz se contrata un suministro eventual o de obra. Para estos contratos de duración inferior a un año no se puede cambiar la potencia, así que conviene dimensionarla bien desde el principio. Cuando termine la obra, el suministro definitivo necesitará su propio boletín.
PVPC o mercado libre al dar de alta
Con una potencia de hasta 10 kW puedes elegir entre dos opciones:
PVPC
- La tarifa regulada que solo ofrecen las comercializadoras de referencia.
- Es requisito para el bono social.
- Sigue el precio del mercado hora a hora.
Mercado libre
- Cualquier oferta del mercado libre.
- Las ofertas libres pueden ofrecer un precio fijo.
No hay una opción mejor para todos: depende de tus horarios y de cuánto te preocupe la variación de precios. Lo explicamos en cómo elegir la mejor tarifa de luz.
Consejos para no pagar de más
Las deudas no se heredan
Si la luz se cortó por impago del anterior ocupante, tú no tienes que pagar su deuda para contratar a tu nombre.
No aceptes la primera oferta por prisa
El alta no te ata a esa compañía. Evita permanencias y servicios adicionales que no necesitas; repasamos las trampas habituales en 15 errores al contratar luz y gas.
Gas también
Si la vivienda tiene gas natural, el trámite es parecido pero independiente; te lo contamos en dar de alta el gas natural.
Inquilinos
El contrato debe estar a nombre de quien vive en la vivienda, porque el titular responde de los impagos. Si el casero prefiere mantenerlo a su nombre, pactadlo por escrito en el contrato de alquiler.
Da de alta la luz con la tarifa más barata
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Comparar tarifas de luzPreguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta dar de alta la luz en 2026?
Depende del caso. Reactivar un suministro dado de baja hace menos de tres años cuesta unos 120 € con IVA para 4,6 kW; si los derechos de extensión han caducado o es una vivienda nueva, ronda los 217 €. Si la luz sigue activa, basta un cambio de titular gratuito.
¿Cuánto tarda en darse de alta la luz?
La distribuidora debe conectar el suministro e instalar el contador en un máximo de cinco días hábiles desde que firmas el contrato, si no hacen falta obras en la red. Con contador telegestionado suele ser más rápido.
¿Qué papeles necesito para dar de alta la luz?
DNI o NIE del titular, dirección completa y CUPS si existe, número de cuenta, la potencia que quieres contratar y, cuando lo exija el caso, el boletín eléctrico (CIE). En viviendas nuevas pueden pedirte también la licencia de primera ocupación o la cédula de habitabilidad.
¿Puedo dar de alta la luz sin boletín eléctrico?
En un suministro nuevo, no. En una vivienda que ya tuvo luz, normalmente no te lo pedirán si la instalación no ha cambiado y no superas la potencia máxima admisible, aunque los criterios varían según la distribuidora y la comunidad autónoma.
¿Tengo que pagar las deudas del anterior inquilino?
No. Las deudas son personales del titular anterior. Al formalizar tu contrato no asumes sus obligaciones de pago pendientes.