Cambio de titular de la luz: pasos, papeles y plazos
Cómo hacer el cambio de titular de la luz al comprar, alquilar o heredar una vivienda: es gratis, qué documentos piden, cuánto tarda y qué pasa con las deudas.
Si te mudas a un piso donde la luz ya funciona, no necesitas darla de alta: basta con un cambio de titular de la luz. Es un trámite gratuito, no corta el suministro y te pone el contrato a tu nombre para que las facturas, los derechos y las responsabilidades sean tuyos. En esta guía te explicamos cuándo hacerlo, qué documentos te pedirán, cuánto tarda, qué ocurre con las deudas del anterior titular y qué ha cambiado con el reglamento eléctrico aprobado en 2026.
El cambio de titular en cifras
- Coste del cambio
- Gratis
- Días hábiles que tarda
- 1 - 20
- Cortes de luz durante el trámite
- 0
- Días hábiles para responder a una reclamación
- 15
Cuándo hay que hacer el cambio de titular de la luz
El contrato debe estar a nombre de quien consume la energía, porque el titular es quien responde de los pagos. Los casos más habituales son:
Compraventa
El comprador pasa el contrato a su nombre y el vendedor deja de ser responsable.
Alquiler
El inquilino se convierte en titular durante el arrendamiento.
Fallecimiento del titular
El cónyuge o los herederos que siguen en la vivienda ponen el contrato a su nombre.
Separación o divorcio
Quien se queda en la vivienda asume el contrato.
Negocios
Traspaso de un local o paso de autónomo a sociedad.
No des de baja la luz
Si el anterior ocupante da de baja el contrato antes del cambio, el suministro se corta y tendrás que hacer un alta con costes regulados de más de 100 €. Te lo explicamos en dar de alta la luz en un piso.
Traspaso o subrogación: las dos formas de cambiar el titular
La CNMC distingue dos modalidades, y en ambas el nuevo titular firma un contrato:
| Modalidad | Qué cambia | Cuándo conviene |
|---|---|---|
| Subrogación | Solo el titular; mantienes la misma compañía y tarifa | Si la tarifa actual es buena y quieres hacerlo rápido |
| Traspaso | El titular y la tarifa | Si prefieres otra oferta de la misma compañía |
| Cambio de titular y de compañía | Titular, comercializadora y tarifa | Casi siempre: es el momento ideal para elegir la tarifa más barata |
La tercera opción es la más rentable: contratas la nueva tarifa a tu nombre con el CUPS de la vivienda y la nueva compañía tramita a la vez el cambio de titular y el de comercializadora. Mira cómo funciona en cómo cambiar de compañía eléctrica.
Documentos para el cambio de titular de la luz
Lista de documentos
- Nombre, apellidos, DNI o NIE y teléfono del nuevo titular.
- Nombre y DNI del anterior titular, si los conoces (aparecen en la factura).
- CUPS o dirección completa del suministro. Si no lo tienes, consulta dónde encontrar el CUPS.
- IBAN para domiciliar los recibos.
- Justo título cuando te lo pidan: escritura o nota simple, contrato de alquiler o, en una herencia, certificado de defunción y documento que acredite tu derecho sobre la vivienda.
¿Necesito la firma del anterior titular?
No necesariamente. El Real Decreto 88/2026 establece que, cuando el usuario efectivo de la energía es una persona distinta del titular y tiene justo título, puede formalizar el cambio a su nombre «sin más trámites».
Alquileres
Además, aclara que en los alquileres ese cambio nunca puede tratarse como una baja seguida de un alta, así que no te pueden cobrar los derechos de un alta.
Víctimas de violencia
La utilización de la vivienda por una mujer víctima de violencia de género o sexual que reside de forma independiente también se considera justo título.
Cómo hacer el cambio de titular paso a paso
-
Pide una factura reciente
Al anterior ocupante o al propietario: tendrás el CUPS, la compañía, la potencia y la tarifa actual.
-
Anota la lectura del contador
El día que entras en la vivienda, y haz una foto: te servirá si hay discrepancias en la factura de cierre.
-
Decide si mantienes la compañía o cambias
Compara antes: puede que la tarifa del anterior titular no te convenga o tenga una potencia que no necesitas (revisa qué potencia contratar).
-
Solicita el cambio como nuevo titular
Por teléfono, web o app de la compañía, o contratando la nueva tarifa a tu nombre.
-
Firma el contrato
Y guarda la confirmación con la fecha efectiva del cambio.
-
Comprueba las facturas
El anterior titular recibe una de cierre hasta la fecha del cambio y tú, las siguientes.
Cuánto cuesta y cuánto tarda
Coste
Gratis por ley
Ni la comercializadora ni la distribuidora pueden cobrarte por los nuevos contratos que se derivan de un cambio de titularidad.
Plazo
De 1 a 20 días hábiles
La CNMC estima entre 1 y 20 días hábiles, porque la compañía suele hacer coincidir el cambio con el cierre del periodo de facturación. Durante el trámite la luz no se corta.
Boletín eléctrico
No te lo pueden exigir
Desde febrero de 2026, si no se modifican las condiciones técnicas ni el peaje de acceso, la distribuidora no puede pedir un nuevo certificado ni verificar la instalación por un cambio de titular.
Cuándo sí pagarías algo
Solo si aprovechas para modificar condiciones técnicas. Por ejemplo:
Bajar potencia
Supone unos 11 € de derechos de enganche.
Subir potencia
Además, los derechos de acceso por cada kW.
Lo detallamos en cómo bajar la potencia contratada.
Antes era habitual que la distribuidora pidiera un boletín nuevo si el contrato tenía más de 20 años. Si quieres saber cuándo sí es obligatorio, consulta boletín eléctrico (CIE).
Casos especiales: herencias, divorcios y negocios
Fallecimiento del titular
Es habitual que el contrato siga durante años a nombre de un familiar fallecido, pero conviene regularizarlo: el bono social, las reclamaciones o un cambio de potencia exigen que el titular sea quien vive en la vivienda.
El cónyuge o el heredero que sigue en la casa puede subrogarse en el contrato presentando, normalmente, el certificado de defunción y un documento que acredite su derecho a usar la vivienda (escritura de herencia, testamento o declaración de herederos, o el propio título de propiedad si ya era cotitular).
Cada compañía puede pedir documentación algo distinta: pregunta antes de enviarla.
Separación o divorcio
Quien se queda en la vivienda debe pasar el contrato a su nombre, con el convenio regulador o la sentencia como justo título si se lo piden.
Mientras no lo haga, el antiguo titular sigue respondiendo de los impagos, así que interesa a ambas partes hacerlo cuanto antes.
Locales y empresas
En un traspaso de negocio o al pasar de autónomo a sociedad, el nuevo titular aporta su NIF, la escritura de constitución y los poderes de quien firma.
Es buen momento para revisar la potencia y la tarifa, que en negocios suele estar sobredimensionada; lo explicamos en tarifas de luz para autónomos y empresas.
Inquilino o propietario: ¿quién debe ser titular?
| Opción | Ventajas | Inconvenientes |
|---|---|---|
| Titular, el inquilino | Elige compañía y tarifa, puede pedir el bono social, gestiona reclamaciones y el propietario no responde de impagos. | Hay que hacer el cambio al entrar y otra vez al salir. |
| Titular, el propietario | No hay trámites entre inquilinos. | El propietario responde de los impagos y el inquilino no puede pedir el bono social ni cambiar de tarifa por su cuenta. |
El reglamento de suministro establece que el titular del contrato debe ser el usuario efectivo de la energía, y la CNMC lo recuerda en sus guías. Si, aun así, el contrato sigue temporalmente a nombre del propietario, dejad por escrito en el contrato de alquiler cómo se repercuten las facturas.
Deudas, bono social y permanencia del anterior titular
Deudas
Aceptar el contrato no implica asumir las obligaciones de pago que tuviera el titular anterior. Sus facturas pendientes son suyas.
Bono social
No se transmite. Si cumples los requisitos, tendrás que solicitarlo tú; te explicamos cómo en bono social eléctrico.
Permanencia
Si el anterior titular tenía permanencia y decides cambiar de compañía, la penalización, de existir, le correspondería a él según su contrato.
Además, desde junio de 2026 una persona física con tarifa 2.0TD puede rescindir su contrato sin penalización, salvo en contratos a precio fijo durante su primer año (con un tope del 5 % de la energía estimada pendiente); más detalles en permanencia en la tarifa de luz.
Servicios adicionales
Mantenimientos o seguros asociados al contrato anterior no te obligan; revisa que no se mantengan en tu nuevo contrato si no los quieres.
No olvides el gas
Si la vivienda tiene gas natural, su contrato es independiente y también hay que cambiar el titular, con un trámite muy parecido y su propio CUPS. Si te interesa contratar ambos suministros con la misma compañía, valora si te compensa en luz y gas con la misma compañía.
Si la compañía pone pegas
Si te exigen la firma del anterior titular teniendo justo título, te cobran por el cambio o te piden un boletín sin cambiar nada técnico, presenta una reclamación por escrito citando el Real Decreto 88/2026. La empresa debe responder en un máximo de 15 días hábiles; si no lo hace, puedes acudir a consumo o al arbitraje, como explicamos en cómo reclamar a la compañía de luz.
Cambia de titular y estrena tarifa más barata
Sube la última factura del anterior titular y compara las mejores ofertas para tu nueva casa. Contratas online, a tu nombre, en una sola gestión.
Comparar con la facturaPreguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta el cambio de titular de la luz?
Es gratuito. La normativa prohíbe a comercializadoras y distribuidoras cobrar por los nuevos contratos derivados de un cambio de titularidad, salvo que a la vez modifiques la potencia u otras condiciones técnicas.
¿Necesito permiso del anterior titular para cambiar el contrato de luz?
No, si eres quien usa realmente la vivienda con justo título, como un contrato de alquiler o una escritura. En ese caso puedes formalizar el cambio a tu nombre sin más trámites.
¿Cuánto tarda un cambio de titular de luz?
Según la CNMC, entre 1 y 20 días hábiles, porque la compañía suele esperar al cierre del periodo de facturación. El suministro no se interrumpe durante el trámite.
¿Me piden boletín eléctrico para cambiar de titular?
No, si no cambias la potencia ni las condiciones técnicas. Desde 2026 el reglamento prohíbe a la distribuidora pedir un nuevo certificado o verificar la instalación en un cambio de titular, aunque el contrato tenga más de 20 años.
¿Puedo cambiar de titular y de compañía a la vez?
Sí. Contrata la nueva tarifa directamente a tu nombre indicando el CUPS: la nueva comercializadora tramita a la vez el cambio de titular y el de compañía.