Cómo reclamar a la compañía de luz paso a paso en 2026
Cómo reclamar a la compañía de luz o a la distribuidora: plazos de respuesta, modelo de reclamación, consumo y arbitraje. Recupera lo que te deben.
Una factura disparada, un cambio de compañía que nunca pediste, una lectura estimada que no cuadra o una avería que te dejó un día sin luz: motivos para reclamar a la compañía de luz no faltan. La buena noticia es que el reglamento eléctrico aprobado en 2026 ha reforzado tus derechos, con plazos de respuesta más cortos y obligaciones de información más claras. Te explicamos a quién reclamar, cómo hacerlo para que quede constancia y qué vías tienes si la empresa no te da la razón.
Tus derechos al reclamar, en cifras
- Días hábiles máximos para responderte
- 15
- Días hábiles de la distribuidora en medida, facturas o cortes (menos de 15 kW)
- 5
- Compensación mínima si la distribuidora incumple
- 30,05 €
- Hasta este importe, juicio sin abogado ni procurador
- 2.000 €
A quién reclamar: comercializadora o distribuidora
Antes de escribir, identifica quién es responsable del problema. Ahorrarás semanas de idas y venidas.
| Problema | Reclama a |
|---|---|
| Precio distinto del contratado, subidas sin aviso, penalizaciones | Comercializadora |
| Cambio de compañía sin tu consentimiento, servicios adicionales no pedidos | Comercializadora que te dio de alta |
| Errores de facturación, cobros duplicados, bono social mal aplicado | Comercializadora |
| Lecturas erróneas o estimadas, contador averiado | Distribuidora (también a través de la comercializadora) |
| Cortes de suministro, averías, retrasos en altas o cambios de potencia | Distribuidora |
| Daños en aparatos por subidas de tensión | Distribuidora |
Si no sabes cuál es tu distribuidora, aparece en la factura; te ayudamos a encontrarla en cuál es mi distribuidora eléctrica.
La ruta de una reclamación
-
Atención al cliente
Obligatorio empezar por aquí.
-
Reclamación por escrito
La prueba que te pedirán después.
- Consumo, arbitraje y comunidad autónoma
- CNMC, Ministerio y tribunales
Paso 1: reclamar al servicio de atención al cliente
Es obligatorio empezar por la propia empresa antes de acudir a otras vías. El Real Decreto 88/2026 obliga a comercializadoras y distribuidoras a tener un servicio de atención gratuito y fija estas reglas:
Número de referencia
Deben darte uno para cada reclamación y debes poder consultar su estado por cualquier canal.
Por teléfono
Tienen que informarte de tu derecho a pedir un documento que acredite la presentación y el contenido de la queja. Pídelo siempre.
Por vía electrónica
Deben enviarte un acuse de recibo con el plazo máximo de resolución.
Plazo de respuesta
15 días hábiles
Como máximo. Si no te contestan o la respuesta no te satisface, puedes pasar a la siguiente vía, y la empresa debe informarte de cuál es su entidad de resolución alternativa de litigios.
Reclamaciones a la distribuidora
5 días hábiles
Sobre la medida del consumo, facturas o cortes indebidos, en suministros de menos de 15 kW. Si lo incumple, debe abonarte al menos 30,05 € en tu factura.
Ley 10/2025 de servicios de atención a la clientela
Además, esta ley, que las empresas de suministros deben aplicar plenamente antes de finales de 2026, refuerza el derecho a ser atendido por una persona y limita los tiempos de espera telefónica.
Paso 2: la reclamación por escrito y qué debe incluir
Aunque hayas llamado, deja tu reclamación por escrito: es la prueba que te pedirán en consumo, en el arbitraje o en un juzgado.
Cómo enviarla
- El formulario de la web de la compañía (guarda captura y acuse).
- Un correo electrónico.
- Un burofax.
- La hoja oficial de reclamaciones de tu comunidad autónoma.
Qué incluir
- Tus datos, el número de contrato y el CUPS.
- Los hechos, en orden y con fechas.
- Qué pides exactamente: refacturar con lecturas reales, devolver un importe, anular un contrato, reponer el suministro.
- Copia de las facturas, el contrato y las comunicaciones previas.
«Yo, [nombre y apellidos], con DNI [número], titular del contrato [número] para el suministro con CUPS [código], situado en [dirección], presento la siguiente reclamación:
Hechos: [describe qué ha pasado, con fechas e importes].
Solicito: [qué quieres que hagan].
Adjunto [documentos]. Ruego me faciliten número de referencia y respuesta en el plazo máximo de 15 días hábiles previsto en el artículo 55 del Real Decreto 88/2026. En [lugar], a [fecha]. Firma.»
Si tu reclamación es sobre el importe de la factura, revisa antes los conceptos con cómo entender tu factura de la luz y las causas habituales de una factura alta sin motivo. Si el problema son las lecturas, consulta factura de la luz estimada.
El defensor del cliente
Algunas compañías tienen un defensor del cliente: un mecanismo voluntario, gratuito e independiente para discrepancias de facturación, cuya resolución es vinculante para la empresa y debe llegar en un máximo de dos meses. La CNMC publica qué empresas lo tienen. Usarlo no te impide acudir después a las demás vías.
2 meses
plazo máximo
Paso 3: consumo, arbitraje y comunidad autónoma
Oficinas de consumo y asociaciones
La OMIC de tu ayuntamiento o la dirección general de consumo de tu comunidad autónoma tramitan tu reclamación gratis, median con la empresa y pueden abrir expediente sancionador si detectan infracciones. Las asociaciones de consumidores también te asesoran y median, en algunos casos solo para socios.
Arbitraje de consumo y entidades de resolución alternativa
Puedes presentar tu caso ante la Junta Arbitral de Consumo o ante la entidad de resolución alternativa de litigios a la que esté adherida la empresa (debe figurar en tu contrato y en la respuesta a tu reclamación).
- Gratuito y voluntario.
- Su resolución, el laudo, es vinculante para ambas partes.
- Si la empresa está adherida, tiene que aceptarlo.
- Si no lo está, puede rechazarlo.
Órgano de energía de tu comunidad autónoma
Las comunidades autónomas pueden resolver, mediante procedimiento administrativo, las discrepancias sobre el contrato de suministro o de acceso, la facturación y la calidad del servicio en su territorio. Es especialmente útil para problemas con la distribuidora: lecturas, cortes o compensaciones.
Paso 4: CNMC, Ministerio y tribunales
CNMC
Supervisa a las compañías, publica guías y puede sancionar y dictar resoluciones vinculantes de carácter general, pero no resuelve tu caso particular. Aun así, conviene conocer su guía sobre cómo presentar una reclamación.
Ministerio
La Ley del Sector Eléctrico prevé un procedimiento gratuito ante el Ministerio para personas físicas cuando no haya arbitraje disponible, similar a un defensor del consumidor de energía. Depende de una orden ministerial de desarrollo; a octubre de 2026 no hemos encontrado una que lo haya puesto en marcha, así que confirma su situación antes de contar con él.
Tribunales
Para importes de hasta 2.000 € puedes presentar una demanda de juicio verbal sin abogado ni procurador. Desde 2025 la ley exige haber intentado antes una solución extrajudicial; tu reclamación por escrito y la vía de consumo te sirven para acreditarlo.
Errores de facturación: qué pueden cobrarte y qué deben devolverte
Muchas reclamaciones nacen de una regularización: meses de lecturas estimadas que de pronto se corrigen con una factura enorme. El reglamento de 2026 fija reglas claras para estos casos:
| Situación | Qué dice la norma |
|---|---|
| Te cobraron de menos | La diferencia puede repartirse en tantas facturas mensuales como meses duró el error, y ni el periodo a rectificar ni el aplazamiento pueden superar un año. |
| Te cobraron de más | Deben devolvértelo todo en la siguiente factura, sin fraccionar, con intereses: el interés legal del dinero más 1,5 puntos. |
| Lecturas | La distribuidora debe leer cada mes; si falla la telegestión, tiene que tomar lectura real al menos cada dos meses. |
Menciónalo en tu reclamación
Si te llega una regularización que abarca más de un año o te exigen pagarla de golpe sin ofrecerte el prorrateo, menciónalo en tu reclamación. Y si la factura alta coincide con estimaciones, pide la refacturación con lecturas reales.
Compensaciones por cortes de luz de la distribuidora
La distribuidora tiene límites anuales de interrupciones imprevistas de más de tres minutos, según la zona. En baja tensión, el Real Decreto 1955/2000 fija estos máximos:
| Zona | Horas de corte al año | Número de cortes al año |
|---|---|---|
| Urbana | 5 | 10 |
| Semiurbana | 9 | 13 |
| Rural concentrada | 14 | 16 |
| Rural dispersa | 19 | 22 |
Descuento automático
Si se superan, la distribuidora debe aplicarte un descuento en la facturación dentro del primer trimestre del año siguiente. Se calcula a partir de tu potencia media facturada y de las horas o cortes de exceso, con un tope del 10 % de tu facturación anual. Si se superan ambos límites, se aplica el más favorable para ti.
Cortes programados
No cuentan para el descuento si la distribuidora los autorizó y avisó con al menos 24 horas; si no lo hizo, sí.
Fuerza mayor
No se compensan los cortes por causas ajenas que la empresa demuestre, pero no valen como excusa los fenómenos meteorológicos habituales de la zona ni las deficiencias de la propia red.
Daños y perjuicios
El descuento no impide reclamar, por la vía civil, los daños concretos que te haya causado el incumplimiento, como alimentos perdidos o aparatos estropeados.
Si no ves el descuento y tus cortes superaron los límites, reclama a la distribuidora y, si hay discrepancia, al órgano de energía de tu comunidad autónoma, que puede consultar el registro de incidencias de la empresa.
Cuando la mejor reclamación es cambiar de compañía
Si el problema es un precio que ya no te compensa o un mal servicio que se repite, la solución más rápida suele ser irte.
Desde junio de 2026
Sin penalización
Los consumidores con tarifa 2.0TD pueden rescindir sin penalización, salvo en contratos a precio fijo durante su primer año.
Plazo del cambio
10 días hábiles
El cambio de comercializadora debe completarse en un máximo de 10 días hábiles.
Te lo explicamos en cómo cambiar de compañía eléctrica y en permanencia en la tarifa de luz. Y si el conflicto empezó por un contrato mal elegido, repasa los errores más comunes al contratar luz y gas.
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Comparar con mi facturaPreguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene la compañía de luz para responder una reclamación?
Desde 2026, comercializadoras y distribuidoras deben contestar en un máximo de 15 días hábiles. Para reclamaciones a la distribuidora sobre medida, facturas o cortes indebidos en suministros de menos de 15 kW, el plazo es de 5 días hábiles.
¿Dónde reclamar si la compañía eléctrica no me responde?
Puedes acudir a la oficina municipal de información al consumidor (OMIC), a la dirección general de consumo de tu comunidad autónoma, a la Junta Arbitral de Consumo o a la entidad de resolución alternativa de litigios a la que esté adherida la empresa.
¿Me compensan si me quedo sin luz muchas horas?
Sí, si se superan los límites anuales de horas o número de cortes de tu zona. En zona urbana y baja tensión son 5 horas o 10 interrupciones de más de tres minutos al año; la distribuidora debe aplicarte el descuento en el primer trimestre del año siguiente.
¿Puedo reclamar a la CNMC directamente?
La CNMC supervisa el sector, informa a los consumidores y puede sancionar, pero no resuelve reclamaciones individuales de facturación. Para eso debes acudir a consumo, al arbitraje, a la comunidad autónoma o a los tribunales.
¿Quién paga si un corte de luz me estropea electrodomésticos?
Los daños por subidas de tensión o cortes en la red se reclaman a la distribuidora, aportando facturas de reparación y, si es posible, un informe técnico. Si no responde o se niega, puedes acudir a consumo o a la vía civil.